Al Congreso llegó un proyecto de Acto Legislativo que busca modificar el artículo 49 de la Constitución Política para establecer que la prohibición del porte y el consumo de sustancias psicoactivas no aplicará para el porte y el consumo del cannabis y sus derivados por parte de personas mayores de edad, así como tampoco para la producción, transformación, distribución, venta y comercialización de esta sustancia con fines de uso adulto, siempre y cuando cuente con las licencias que imponga la ley.
Uno de los parágrafos de esta iniciativa aclara que se mantendrá una prohibición para el consumo y la comercialización del cannabis y sus derivados en los entornos de las instituciones educativas, espacios deportivos, parques, centros de atención a la primera infancia y otros ambientes en los que se encuentra prohibido el consumo de tabaco y en los espacios que establezcan las normas vigentes.
Fuente: www.elespectador.com
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