La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la preparación y semipreparación de alimentos con cannabis o tetrahidrocannabinol (THC) puede formar parte del autoconsumo de una persona adulta.
Lo anterior al considerar que se trata de una actividad culinaria ordinaria y no de la fabricación de productos sujetos a un régimen sanitario especial.
Sin embargo, la resolución tiene un límite claro: los alimentos con cannabis solo podrán prepararse para el autoconsumo de su titular.
La Corte concluyó que la preparación de alimentos preparados y semipreparados con cannabis y THC para consumo personal constituye una actividad culinaria ordinaria.
Por ello, el Pleno revocó el acuerdo que había considerado cumplida una sentencia y requirió a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) emitir una autorización que permita esta actividad, siempre bajo el criterio de autoconsumo.
No obstante, la resolución mantiene restricciones para otras actividades y productos. De acuerdo con el criterio analizado, la Cofepris sí puede establecer limitaciones respecto de productos sometidos a controles sanitarios especializados.
Cannabis puede aliviar la náusea y el vómito. Pacientes que presentan estos síntomas, por ejemplo,…
THC Kleaner está despertando un gran interés y curiosidad, sobre todo entre los consumidores de…
El paisaje de las autopistas nacionales los sábados por la mañana evidencia una transformación en…
El cannabis no psicoactivo y el cáñamo ya forman parte de una actividad empresarial que…
Hay varias formas de consumir CBD. ¿Conoces el vaping? Se trata de un método saludable…
Elementos del Grupo de Reacción Torreón (GRT) aseguraron a un hombre de 32 años de…