El Gobierno peruano aprobó este martes el reglamento que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados, a través del cual el Estado garantiza el acceso a este insumo, exclusivamente para pacientes inscritos en el registro oficial y promoviendo así su uso «racional».
A través de un decreto supremo publicado en el diario oficial El Peruano, el Ministerio de Salud dio luz verde a esta norma, que se encontraba pendiente de aprobación desde hace más de un año.
El documento, que consta de 14 capítulos y 50 artículos, indica que los insumos podrán ser suministrados presentando una receta médica en una farmacia autorizada en el Registro Nacional de Pacientes Usuarios del Cannabis y sus derivados para uso medicinal y terapéutico (Renpuc).
Establece, además, que el Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), es la autoridad competente para expedir la licencia de producción, importación y comercialización de producción artesanal de derivados del cannabis.
También corresponde al mismo ministerio realizar el control y fiscalización sanitaria de los establecimientos farmacéuticos, universidades o instituciones de investigación y asociaciones, así como los productos derivados de cannabis.
El reglamento precisa, por otro lado, que el plazo de vigencia de las licencias es «indeterminado», aunque refiere una serie de causales por las cuales se pueden suspender o cancelar, como por ejemplo el incumplimiento de los protocolos de producción.
El uso terapéutico del cannabis está legalizado en Perú desde 2017, pero en la práctica, su distribución está restringida a los laboratorios, todos carentes de licencia de siembra.
Y su venta limitada a pocas farmacias del país, por lo que varias asociaciones presentaron en 2020 un nuevo proyecto de ley que busca ampliar la norma vigente y permitir el autocultivo y el cultivo asociativo bajo prescripción médica.
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