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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la autorización conjunta para realizar actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC), con fines recreativos, cumple con la declaratoria general de inconstitucionalidad correspondiente.
“Por tanto, al no advertirse una afectación concreta ni una restricción efectiva al ejercicio del derecho reconocido, el motivo de inconformidad descansa únicamente en apreciaciones hipotéticas y formalistas insuficientes para desvirtuar el debido cumplimiento de la ejecutoria”, cita la sentencia aprobada por ocho votos contra uno.
Bajo la ponencia de Lenia Batres Guadarrama, el máximo tribunal constitucional del país resolvió así el recurso de inconformidad 6/2025 interpuesto en representación de nueve personas en contra del acuerdo dictado el 25 de enero de 2023 por el titular del juzgado Décimo de Distrito en materia administrativa en la Ciudad de México, en la denuncia de incumplimiento de declaratoria general de inconstitucionalidad 18/2022.
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