El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó este jueves que los alimentos elaborados con cannabidiol (CBD), una sustancia extraída del cáñamo, no pueden obtener la certificación ecológica mientras no estén autorizados para su comercialización en la Unión Europea, al considerar que conceder este distintivo a productos cuya venta no está permitida podría poner en riesgo la protección de los consumidores.
La sentencia responde a una consulta de la justicia francesa sobre la posibilidad de conceder el sello ecológico a estos productos, después de que las autoridades del país prohibieran certificar tanto los alimentos enriquecidos con CBD como los elaborados a partir de esta sustancia, con la excepción del aceite de cáñamo no enriquecido.
La decisión fue recurrida por el Sindicato Profesional del Cáñamo ante el Consejo de Estado francés, que trasladó el asunto al TJUE para aclarar si el cannabidiol podía acogerse a las normas europeas de producción ecológica por proceder de una planta agrícola, pese a que la Comisión Europea lo considera un «nuevo alimento» cuya comercialización todavía no ha autorizado.
En su fallo, el Tribunal aclara que un alimento puede estar comprendido en las normas europeas de producción ecológica aunque todavía no esté autorizado para su venta, pero advierte de que la certificación «no puede disociarse de las normas aplicables a la comercialización» de esos productos.
Fuente: Infobae
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