Para algunos casos de esclerosis múltiple, la epilepsia, las náuseas derivadas de la quimioterapia y el dolor crónico que no responde a otros fármacos.
Pero el decreto no limita su uso a estas dolencias. La Agencia Española de Medicamentos (AEMPS) concretará en los próximos tres meses qué tratamientos estarán autorizados.
¿Quién podrá recetar y elaborar estos tratamientos? Los especialistas en las patologías correspondientes, cuando existan razones clínicas que justifiquen su uso.
Los preparados se formularán exclusivamente en servicios de farmacia hospitalaria autorizados. Es decir, no podrá venderse en los establecimientos habituales.
¿Qué contendrán estos medicamentos? Una composición definida de los dos principios activos del cannabis: el THC y el CBD.
¿Cuántas personas podrían beneficiarse? Aunque el texto no lo especifica, en países con tradición en el uso terapéutico del cannabis, como Israel o Canadá, entre el 0,6% y el 0,7% de la población lo utiliza. En España, esa proporción equivaldría a más de 300.000 personas, aunque es probable que la AEMPS limite su uso inicialmente a un grupo más reducido.
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